Recurso bosques y biodiversidad

Solicitud Permiso Marco de Recolección 

 

Solicitud Permiso Individual de Recolección

 

Guía para la buena gestión de operaciones de industrias forestales (G-ARN-03)Ícono www

 

Ícono www

Pasos a seguir por el usuario SUIT

 

El decreto 1076 de 2015 en el artículo 2.2.1.1.11.3 establece para las empresas de transformación primaria de productos forestales, las transformaciones secundarias de productos forestales o de productos terminados, las transformaciones forestales, las transformaciones y transformación secundaria de productos forestales y las integradas, llevar a cabo un libro de operaciones.

Mediante la resolución 1971 de 2019 se establece el Libro de Operaciones Forestales en Línea (LOFL), el cual será registrado exclusivamente en la plataforma de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL).

Por lo tanto, los usuarios interesados en registrar el libro de operaciones forestales ante la corporación deben seguir los siguientes lineamientos:

  1. Inscripción en la plataforma VITAL (Ventanilla Integral de Tramites Ambientales en Línea)

  • Entrar por el enlace “Crear nueva cuenta”

  • Llenar toda la información requerida para “datos del usuario” como persona natural y en la pestaña “Datos persona natural”, es importante registrarse con un correo electrónico del cual siempre se tenga acceso.
    Nota: no es necesario llenar la pestaña “Datos apoderado”
    Cuando se complete la información solicitada se completa con el botón “Enviar” y al correo registrado deberá llegar un enlace de activación, para el cual se tiene un tiempo de 24 horas para activarlo, por favor tener en cuenta este tiempo para no generar inconvenientes.
    Nuevamente llega un correo electrónico con el usuario que corresponde al # de cédula y la contraseña, la cual deberá ser cambiada durante el primer ingreso a la plataforma VITAL.
  1. Registro como usuario de la plataforma del Libro en Línea –LOFL-
  • Ingresar con usuario y contraseña a la plataforma VITAL, e ingresar por el enlace “Iniciar trámite” y posteriormente mediante el link “Libro de operaciones forestales”

  • Se abre una nueva página web donde se procede a registrarse como “Ciudadano que registra inventario de especies y sus movimientos” de autoridad ambiental como se observa en el siguiente recorte:

Se diligencian los datos solicitados, escoge la autoridad ambiental Corantioquia y aceptar, se espera a que se autorice el usuario por parte del coordinador de la OT en la cual tiene jurisdicción.
Cuando tenga el usuario aceptado al correo registrado se comunica el hecho, el paso siguiente en caso que sea usuario nuevo es anexar todos los documentos mediante el aplicativo del Libro de Operaciones Forestales de la plataforma VITAL, en caso que sea usuario que ya tenga libro, debe solicitar al técnico de la Oficina Territorial indicaciones para subir el inventario.

El decreto 1076 de 2015 establece en el artículo 2.2.1.1.13.1 que todo producto forestal primario de la flora silvestre que entre o salga o se movilice en el territorio nacional debe contar con un salvoconducto que ampare su movilización desde el lugar de aprovechamiento hasta los sitios de transformación, industrialización o comercialización.

Igualmente, en el artículo 2.2.1.2.22.1 establece que toda persona que transporte individuos, especímenes o productos de la fauna silvestre debe proveerse del respectivo salvoconducto de movilización.

La resolución 1909 de 2017 establece el Salvoconducto Único Nacional en Línea (SUNL) para la movilización dentro del territorio nacional de especímenes de la diversidad biológica, el cual será expedido exclusivamente en la plataforma de la Ventanilla Integral De Trámites Ambientales en Línea (VITAL).

https://vital.minambiente.gov.co/

Para la expedición de los salvoconductos de movilización los usuarios deben tener un permiso de aprovechamiento forestal vigente el cual otorgue un cupo de volumen para movilizar, igualmente es necesario para los conceptos técnicos por aprovechamiento de árboles aislados (decreto 1532 de 2019).

Adopción Formulario Único Nacional Resolución 1466 de 2021: “Por medio de la cual se establece el Formato Único Nacional de Solicitud de Aprovechamiento Forestal y Manejo Sostenible de Productos de la Flora Silvestre y los Productos Forestales No Maderables, y se modifica parcialmente la Resolución 2202 del 29 de diciembre de 2005” 

Ícono archivo tipo pdf180-ACU2003-578

“por el cual se definen los procedimientos de ley para dar trámite a solicitudes de sustracción temporal o definitiva de las áreas protegidas integrantes del SINAP, como de las estrategias de conservación in situ, para el desarrollo de actividades consideradas de utilidad pública e interés social, en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia y deroga los acuerdos corporativos 430 de 2013 y 462 de 2015″​.

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